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El pasado 31 de marzo de 2026 se publicó en el BOE el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales en España.
Esta norma concreta cómo funcionará el sistema de factura electrónica en las operaciones entre empresas (B2B), en desarrollo de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas.
¿Qué regula este real decreto?
El real decreto establece los requisitos técnicos y de funcionamiento del sistema de factura electrónica, incluyendo:
¿Cómo funcionará el sistema?
El sistema español de factura electrónica estará compuesto por:
Las empresas podrán utilizar:
En determinados casos, las plataformas privadas deberán remitir una copia fiel de la factura a la solución pública.
Formato de las facturas electrónicas
Las facturas deberán emitirse en un formato estructurado, conforme al modelo europeo EN16931, utilizando alguna de las siguientes sintaxis:
Información sobre el estado y pago de las facturas
El real decreto introduce nuevas obligaciones de información:
Los destinatarios de las facturas deberán comunicar, entre otros:
Esta información deberá comunicarse en un plazo máximo de 4 días naturales (excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales).
Además, será obligatorio comunicar el pago a la solución pública de facturación electrónica, incluso cuando se utilicen plataformas privadas.
Objetivo de la norma
Según el propio texto, la medida busca:
Entrada en vigor y aplicación
El real decreto:
Una vez se apruebe dicha orden, las obligaciones serán exigibles en dos fases:
Situación actual
En este momento, el sistema de factura electrónica obligatoria entre empresas no es aún exigible en la práctica, a la espera del desarrollo reglamentario mediante la orden ministerial correspondiente.
Si necesitas adaptar tu empresa a este nuevo sistema, es recomendable comenzar a revisar tus procesos de facturación y las soluciones tecnológicas disponibles.
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